Con relación a la materia de seguridad, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y normativa concordante, reconoce competencias a los municipios en materias de seguridad en lugares públicos y de ordenación del tráfico de personas y vehículos en las vías urbanas. Así como dictar las órdenes y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para asegurar la consecución de los fines previstos dentro del ámbito competencial y con los límites establecidos en las leyes, mediante las resoluciones debidamente motivadas que procedan.
Asimismo, corresponderá a esta Alcaldía el ejercicio de las políticas públicas de protección civil, entendida ésta como el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana.
Corresponde a esta Área la Jefatura de la Policía Local, el otorgamiento de permisos y licencias, y las facultades inherentes a dicha Jefatura.
Guía de Isora
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